El pasado 6 de julio la directora del Servicio Nacional de Migración (SNM) María Cristina González anunció en conferencia de prensa que del 16 al 18 de julio de 2010 se estará realizando en el Centro de Convenciones Atlapa el primer proceso de regularización migratoria, “Panamá, crisol de razas“, en un horario de 06:00am a 12 media noche.
“El SNM es consciente que en la república de Panamá existen gran cantidad de extranjeros en situaciones migratorias irregulares, producto de las migraciones laborales”, aseguró la titular de Migración.
En el proceso de regularización migratoria aplicarán extranjeros residentes en el área metropolitana y el distrito de San Miguelito.
Requisitos principales:
1. Contar con dos (2) años o más de estdía en el país, con sellos de entrada que no tengan más de seis (6) meses de salida entre uno y otro.
2. No haber iniciado trámite de legalizacií²n ante el Servicio Nacional de Migración.
Requisitos adicionales:
1. Dos fotos tamaño carné.
2. Copia del pasaporte con generales y sellos de entrada. En caso de no tener pasaporte, deberá presentar una Certificación del Consulado correspondiente que certifique que se encuentra en trámite o que no lo posee; o denuncia de pérdida, robo o hurto ante la DIJ. El solicitante deberá presentarse con un testigo y ambos rendir Declaración Notarial Jurada ante Notario Público. El testigo deberá presentar cédula de identidad personal o carné de trámite de residente.
3. Carta de Responsabilidad y Declaración Notarial Jurada de Responsabilidad (suscrita por el nacional panameño o el residente permanente, acompañada de su cédula o de su carné residente, autenticada por Notario).
4. Documento que demuestre domicilio (recibo de luz, agua, teléfono).
5. Completar los formularios de aplicación (Razones Humanitarias, Entrevista Matrimonial, Filiación o Registro).
6. En caso de estar casado (a) con nacional panameño (a), presentar Certificado de Matrimonio expedido por el Registro Civil (con 3 timbres fiscales de $1.00 c/u).
7. En caso de parejas unidas deberán presentar dos (2) testigos que acrediten la unión, mediante Declaración Notarial Jurada.
8. En caso de tener hijos panameños, aportar certificado de nacimiento de los mismos, expedidos por el Registro Civil de Panamá (con 3 timbres fiscales de $1.00 c/u).
9. Los extranjeros de nacionalidades restringidas deberán ser verificados por los Estamentos de Seguridad.
El monto de las multas y demás servicios migratorios se regirá por la siguiente tabla:
| Multa | Filiación | Carné de trámite temporal | Total | |
|---|---|---|---|---|
| Nacionalidades con acuerdo de supresión de Visa | Hasta US$750.00 | US$5.00 | US$10.00 | US$765.00 |
| Nacionalidades sin acuerdo de supresión de Visa | Hasta US$1,250.00 | US$5.00 | US$15.00 | US$1,270.00 |
| Nacionalidades restringidas | Hasta US$2,500.00 | US$50.00 | US$50.00 | US$2,600.00 |




